La Permanencia de los Decretos de Emergencia en Materia de Insolvencia en Colombia.

Autor: Carolina García Silva

Julio 06, 2024
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La permanencia de los decretos de emergencia en materia de insolvencia en Colombia ha sido crucial para proteger a las empresas y fomentar la reactivación económica del país.

Pese a los esfuerzos realizados y la aprobación del proyecto, resulta indispensable realizar una actualización normativa. El 19 de junio de 2024, el Congreso de la República aprobó el Proyecto de Ley 106 de 2023 y 365 del 2024 de la Cámara, decisión que da un panorama claro sobre la incertidumbre de los Decretos 560 y 772 de 2020, expedidos para mitigar la crisis económica de las empresas colombianas.

En el Decreto 560 se incorporaron dos procedimientos con menor intervención del juez:

  • Negociación de Emergencia de un Acuerdo de Reorganización:
Este procedimiento busca soluciones para pequeñas y medianas empresas en cesación de pagos.

  • Procedimiento de Recuperación Empresarial ante las Cámaras de Comercio:
Proporciona mecanismos extraordinarios de salvamento para proteger la empresa, el crédito y el empleo, junto con incentivos para la financiación del deudor.

Además, el Decreto 772 de 2020, expedido en el marco de las facultades del estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica, presentó alternativas adicionales para los empresarios, como procesos especiales para pequeñas insolvencias, reorganización abreviada, liquidación simplificada y mecanismos de protección.

Inicialmente, se prorrogó la vigencia de estos decretos hasta el 31 de diciembre de 2022, pero el artículo 94 de la Ley de la Reforma Tributaria 2277 del 2022 extendió la vigencia hasta el 31 de diciembre de 2023, con excepciones específicas.

La Superintendencia de Sociedades y el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo trabajaron en conjunto para mantener estas medidas y asegurar el funcionamiento de las empresas y la reactivación económica del país, considerando los pronunciamientos de la Corte Constitucional.

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