La Protección de los Recursos Genéticos y Conocimientos Tradicionales Asociados a la Biodiversidad en la Propiedad Intelectual

Autor: Katherin Matamoros

Marzo 29, 2019
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Los países que conforman la Comunidad Andina (Bolivia, Colombia, Ecuador y Perú) poseen en su territorio el mayor porcentaje de biodiversidad en el mundo, en nuestro caso Colombia se clasifica como el segundo país con mayor biodiversidad y está obligado, como Estado Social de Derecho que es, a proteger su biodiversidad e integridad del medio ambiente y recursos naturales garantizando su conservación, uso y desarrollo sostenible.

Es por esto, que cualquier adversidad que se llegue a presentar en este marco resulta ser de gran relevancia, en este caso el Tratado de Libre Comercio (TLC) implica un fuerte impacto y dependiendo desde que óptica se analice se evidencian tanto ventajas como desventajas económicas, sociales, ambientales y jurídicas. A la luz de varias posiciones doctrinales implica consecuencias de índole negativas que perjudican el régimen de acceso a los recursos genéticos, conocimientos tradicionales y biodiversidad andina.

Sobre los recursos genéticos, conocimientos tradicionales y en general sobre la biodiversidad andina pesan discusiones y problemáticas que se han venido dando desde hace tiempo y que seguirán presentándose hasta no lograr constituir un régimen de protección que logre beneficiar principalmente a las poblaciones débiles y desprotegidas, como lo son las comunidades indígenas.

Cabe decir que las discusiones a las que nos referimos están a la luz de negociaciones internacionales como los TLC, puesto que grandes potencias como Estados Unidos y Europa buscan un acceso a los recursos andinos sin ninguna restricción ni condicionamiento, esto con el fin de lograr utilidades y avances a favor únicamente de intereses personales desconociendo importantes derechos colectivos.

En el contexto internacional es clara la necesidad de una reglamentación, teniendo como principal objetivo atacar la biopiratería, con el fin único de evitar un monopolio y privatización de los recursos, dejando notablemente a los países andinos y sus poblaciones indígenas en una situación aún más desequilibrada de la que ya se encuentran.
Es un tema que repercute incluso en la subsistencia del ser humano y es por esto, que encontramos varios órganos e instrumentos internacionales que procuran una protección eficiente frente a las poblaciones más endebles. Los países andinos (incluyendo Venezuela) conformaron el primer bloque que tenía como propósito la preservación del patrimonio biológico y genético encaminado a una utilización adecuada y sostenible.

Hoy en día, a pesar de múltiples instrumentos como la Decisión 391 de 1996 que concibe a los países andinos como multiétnicos y pluriculturales, la Comunidad Andina sigue enfrentando dificultades para poner en ejecución el régimen propuesto para el acceso de los recursos genéticos.

Es por esta razón, que en los últimos años se ha venido solicitando una protección dentro del régimen de Propiedad Intelectual para esas formas tradicionales de creatividad y formas de vida que permiten grandes innovaciones susceptibles de patentabilidad o protección mediante el régimen de derecho de autor.

Es aquí donde se evidencia la problemática principal, pues en realidad la propiedad intelectual bajo el TLC resulta ser un arma de doble filo, de un lado puede que proteja los intereses de los países andinos y sus comunidades indígenas, pero en realidad la situación resulta ser totalmente adversa a las comunidades locales, contemplando beneficios que favorecen exclusivamente y en forma desproporcional a grandes potencias que buscan privatizar la biodiversidad y las formas tradicionales de creatividad.

Por tanto, surgen varios interrogantes, ¿hay o no una política clara de cara con la Propiedad Intelectual que permita dar una protección y acceso adecuado a la biodiversidad en los países andinos a la luz del TLC?; ¿por qué se da la apropiación indebida, utilización ilícita y explotación no autorizada de los recursos genéticos y los conocimientos tradicionales?; ¿por qué se da la biopiratería a pesar de tener un régimen propuesto para el acceso de los recursos andinos?

Uno de los efectos más alarmantes es el trato que se da a los países en desarrollo y sus comunidades indígenas, ¿estamos entonces ante una protección insuficiente por parte de la Propiedad Intelectual frente a los recursos genéticos y conocimientos tradicionales respecto del sistema de patentes que fuertemente quieren introducir grandes potencias como Estados Unidos y Europa?; ¿la solución más viable frente a las lagunas existentes es lograr una integración del marco de Propiedad Intelectual vigente o será mejor proteger esto mediante un sistema exclusivamente sui generis?
Conforme a lo anterior, se evidencia que el régimen de Propiedad Intelectual se queda corto como mecanismo de legitimación y protección en el control, explotación y el uso de los Recursos Genéticos y Conocimientos Tradicionales asociados a la biodiversidad.

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